PUNTO NEUTRO : acceso y @
Si se pretende una ejecución ágil y eficaz ha de apostarse decididamente por una intervención directa del procurador de los Tribunales. Una de las herramientas más apropiadas para dotar de contenido a esa pretensión es el Punto Neutro Judicial y con ello la posibilidad de localización domiciliaria y patrimonial del ejecutado. Al margen de situar al procurador de los tribunales al nivel de otras profesiones europeas que ya disponen de estos medios, con el consiguiente beneficio para sus clientes en lo que respecta a rapidez y eficiencia, a la Administración de Justicia le supondría un importante ahorro de recursos, tanto humanos como materiales que, en estos tiempos de crisis, bien podrían destinarse a otras áreas más necesitadas.En el Proyecto de Ley reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia ha entrado a debate su utilización por parte de los procuradores gracias a una enmienda planteada desde el Consell, en colaboración con el Consejo General de Procuradores de España, y podemos decir con orgullo que, de inicio, fue ampliamente asumida por la mayoría de los partidos políticos de nuestro arco parlamentario. Tras la discusión del texto, sin embargo, decayó en beneficio de una enmienda transaccional que dió lugar a la Disposición adicional Duodécima, que va a permitir que la firma de un convenio que recoja los presupuestos básicos dicha Ley para la utilización de las tecnologías de la información en las relaciones con la Administración de Justicia.
No obstante ello, persistimos en la fórmula con la presentación de enmiendas al Proyecto de medidas de agilización procesal, que también se encuentra en trámite parlamentario, por considerar rotundamente que constituiría una auténtica descarga de trabajo para nuestros Tribunales . El principal escollo que se opone, se halla en la posibilidad de acceso a datos de personas no intervinientes en el proceso, con la consiguiente vulneración de sus derechos. Con independencia de la trazabilidad de la información que ya viene recogida por el propio sistema que permite detectar inmediatamente un mal uso de la aplicación que junto con la actuación de los colegios de procuradores dentro de su función deontológica, creemos que técnicamente sería factible la interposición de un filtro que impidiese el acceso a cualquier otra información que no fuese la del ejecutado. La clave, o secuencia alfanumérica, sería suministrada por el Secretario Judicial con su autorización de disposición y quedaría sin efecto al finalizar la ejecución .
Abiertos al cambio, seguiremos trabajando, seguiremos avanzando.

No hay comentarios:
Publicar un comentario